Art. 324
Libro REGLAMENTO DE EPIZOOTIASTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XXXIX

Art. 324

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En vigor desde 14 abr 1955
Durante la epizootia se desinfectarán los locales ocupados por los enfermos, y cuando aquélla termine se hará limpieza y nueva desinfección. Se levantará el estado de infección transcurridos treinta días de la desaparición del último caso.
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eli/es/d/1955/02/04/(1)#art-324