Art. 269
Libro REGLAMENTO DE EPIZOOTIASTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XXXI

Art. 269

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En vigor desde 14 abr 1955
La Dirección General de Ganadería, a través de servicios especiales, podrá realizar con carácter obligatorio campañas estatales de lucha contra la brucelosis de los animales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Epizootias vigente.
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eli/es/d/1955/02/04/(1)#art-269