Art. Nota inicial
En vigor desde 2 jul 1985
Téngase en cuenta que a la entrada en vigor de todas las Instrucciones Técnicas Complementarias de desarrollo del Reglamento aprobado por Real Decreto 863/1985, de 2 de abril. Ref. BOE-A-1985-10836#a4 , se entenderá derogado en su integridad el presente Reglamento, según establece su .
Así mismo, se declaran en vigor las disposiciones del presente Reglamento en cuanto no se opongan a las del Decreto 2540/1960, de 22 de diciembre, por el que se reforma y complementa el Reglamento de Policía Minera y Metalúrgica, Ref. BOE-A-1961-1000 , según determina su .
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1934/08/23/(1)#nota-inicial-no