Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO XXXI
Art. 308
313 / 358En vigor desde 6 oct 1934
En los departamentos de secado y molienda de carbón se evitará que haya mucho polvo de carbón en la atmósfera, y en particular en las proximidades de las cabezas de los hornos rotatorios.
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Proeli/es/d/1934/08/23/(1)#art-308