Art. 286
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XXX

Art. 286

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En vigor desde 6 oct 1934
Deberá haber un sistema eficaz de señales entre el maquinista que actúe en el movimiento de los convertidores y sobre la válvula de viento y el maquinista de la máquina soplante. El Código de señales se hallará a la vista de los mismos.
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eli/es/d/1934/08/23/(1)#art-286