Art. 199
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO XXII

Art. 199

204 / 358
En vigor desde 6 oct 1934
Respecto a Reglamentos particulares, será aplicable lo dispuesto en el artículo 30 de este Reglamento.
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eli/es/d/1934/08/23/(1)#art-199