Art. Quinto

Art. Quinto

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La sede contendrá información sobre los distintos canales de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica del Ministerio Fiscal: a) Acceso electrónico, a través de internet, en los términos del presente Decreto. b) Atención presencial sobre el uso de la sede, a través de los servicios de atención a la ciudadanía en las sedes de las fiscalías, conforme al artículo 17 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal. c) Atención telefónica, a través del servicio de información previsto en la propia sede y en el portal del Ministerio Fiscal. d) Cualquier otro canal de acceso que se habilite en el futuro.
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eli/es/d/2023/07/18/(1)#quinto