Libro Texto refundido de las ordenanzas generales de la renta de aduanas›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO PRIMERO›Secc. Sección 1.ª De la cobranza de la Renta de Aduanas
Art. 381
389 / 440En vigor desde 1 may 1991
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-1991-60 . Se modifica por el apartado 1 de la Orden de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-1969-1514 . Se modifica por el apartado 1 de la Orden de 23 de julio de 1963. Ref. BOE-A-1963-15876 .
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1947/10/17/(1)#art-381