Libro Texto refundido de las ordenanzas generales de la renta de aduanas›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 16
20 / 440En vigor desde 1 oct 1948
El Subdirector y los Jefes de Sección desempeñarán las funciones que las disposiciones generales les confieran y las especiales que determine el Reglamento interior de la Dirección.
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Proeli/es/d/1947/10/17/(1)#art-16