Libro Texto refundido de las ordenanzas generales de la renta de aduanas›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Del despacho de mercancías
Art. 113
117 / 440En vigor desde 20 abr 1977
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria del Real Decreto 511/1977, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-1977-8222 .
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1947/10/17/(1)#art-113