Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 16 jul 1952
En la lucha sanitaria contra la rabia y en defensa de la salud pública, susceptible de ser afectada por tal epizootia, sin perjuicio de aplicar el Reglamento de Zoonosis Transmisibles al Hombre, es indispensable, para que tenga aquélla la debida eficacia, adoptar medidas preventivas de carácter general y positivo, a las que han de cooperar rigurosamente los Organismos y Autoridades locales. En su virtud, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros, DISPONGO:
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eli/es/d/1952/05/17/(1)#preambulo-pr