Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO CUARTOCapítulo CAPÍTULO CUARTO

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 4 ago 1955
El presente Reglamento se aplicará a los expedientes en curso para cuantos trámites hayan de desarrollarse a partir de su publicación.
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eli/es/d/1955/06/17/(1)#disposicion-transitoria-primera