Art. 33
Libro REGLAMENTO DEL REGISTRO DE HIPOTECA MOBILIARIA Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓNTítulo TÍTULO II

Art. 33

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En vigor desde 15 ago 1955
Si se pignorasen los bienes a que se refieren los artículos 53 y 54 de la Ley, se hará constar el local en que se hallaren situados o depositados.
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eli/es/d/1955/06/17/(2)#art-33