Art. 18
Libro REGLAMENTO DEL REGISTRO DE HIPOTECA MOBILIARIA Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓNTítulo TÍTULO II

Art. 18

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En vigor desde 15 ago 1955
Las inscripciones extensas y concisas de transmisión de los créditos hipotecarios por contrato o por causa de muerte, contendrán las circunstancias prevenidas en la legislación hipotecaria.
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eli/es/d/1955/06/17/(2)#art-18