Art. 10
Libro REGLAMENTO DEL REGISTRO DE HIPOTECA MOBILIARIA Y PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓNTítulo TÍTULO I

Art. 10

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En vigor desde 15 ago 1955
«En el Libro de Honorarios» se consignarán los que se devenguen por todos conceptos, con sujeción a un encasillado ajustado al modelo del libro que, con la misma finalidad, se utiliza en el Registro de la Propiedad.
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eli/es/d/1955/06/17/(2)#art-10