Art. 50
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 50

Derogado55 / 106
En vigor desde 23 abr 1975
En las actividades de construcción y explotación de canteras se tomarán las medidas más adecuadas para evitar la emisión de polvos.
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eli/es/d/1975/02/06/833#art-50