Art. Número 4
Secc. Inscripciones y anotaciones§ B. Sociedades.

Art. Número 4

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En vigor desde 14 jul 2002
Número 4 Por la calificación, redacción del extracto del programa de fundación de una Sociedad anónima y depósito del mismo, en los términos establecidos por los artículos 18 de la Ley de Sociedades Anónimas y 106 del Reglamento del Registro Mercantil, se percibirán 3,005061 euros. Se sustituye la conversión a euros de la cuantía contemplada por el art. 16 de la Instrucción de 22 de mayo de 2002. Ref. BOE-A-2002-12290 . Se convierte a euros la cuantía contemplada por el art. 16 de la Instrucción de 14 de diciembre de 2001. Ref. BOE-A-2001-24394 .

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Pro

eli/es/d/1973/03/29/757#numero-4