Capítulo CAPÍTULO II
Art. 31
34 / 57En vigor desde 5 may 1967
El Director es responsable de cuantas infracciones se cometan a través de la publicación o Agencia informativa a su cargo, con independencia de las responsabilidades de orden penal o civil que puedan recaer sobre otras personas, de acuerdo con la legislación vigente.
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Proeli/es/d/1967/04/13/744#art-31