Art. Artículo primero
1 / 17En vigor desde 30 abr 1969
Se crea, en el Banco de España, el «Registro Oficial de Altos Cargos de la Banca», en el que necesariamente habrán de figurar inscritas, antes de la inscripción de sus nombramientos en el Registro Mercantil, las personas elegidas o designadas para desempeñar en la Banca privada y en el Banco Exterior de España los cargos de Presidente, Vicepresidente, Consejero o Administrador, Director general y asimilados a este último.
El Ministro de Hacienda regulará la organización y funcionamiento del referido Registro.
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Proeli/es/d/1969/04/26/702#articulo-primero