Art. 11
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

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En vigor desde 17 abr 1996
El proyecto presentado, si procede, se someterá por la Jefatura o Jefaturas Regionales de Transportes Terrestres correspondientes a información pública por un plazo de veinte días, anunciándose previamente en el «Boletín Oficial» de la provincia o provincias afectadas y en un periódico diario de gran circulación de su capital. El importe de los anuncios será de cuenta del solicitante promotor. Se convocará expresamente a esta información pública a los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y Sindicatos Provinciales de Transportes afectados, así como a los propietarios de inmuebles que hayan de ser expropiados o sujetos a servidumbre como consecuencia del proyecto y expresamente a los concesionarios y peticionarios anteriores que pudieran tener aprovechamientos coincidentes con el que se solicita. En el caso de que las obras, por su carácter deportivo, turístico cultural, etc., afectasen a otros órganos de la Administración, se les remitirán los antecedentes necesarios para que emitan el oportuno informe en el plazo de veinte días, teniendo en cuenta que cuando se trate de instalaciones deportivas será preceptivo el informe de la Delegación Nacional de Educación Física y Deportes. Transcurrido el plazo de información pública, la Jefatura o Jefaturas Regionales de Transportes Terrestres en el plano de diez días elevarán su informe a la Dirección General de Transportes Terrestres. Este informe se referirá tanto al proyecto en sí como a las alegaciones presentadas en sus aspectos técnico, jurídico, administrativo y económico. Una vez en poder de la Dirección General de Transportes Terrestres, el resultado de la información pública, los informes que en su caso se hayan solicitado de otros Departamentos ministeriales y previo informe del Consejo Superior de Transportes Terrestres, que lo emitirá en plazo máximo de cuarenta y cinco días, aquélla dictará resolución sobre la necesidad o conveniencia de la instalación y aprobación del proyecto con o sin prescripciones, así como sobre la celebración del concurso. En caso de proceder la concesión directa al peticionario, la resolución será del Ministro. Contra la resolución de la Dirección General cabrá recurso de alzada ante el Ministro en plazo de quince días. La resolución del Ministro causará estado en vía administrativa. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 112, de 11 de mayo de 1966. Ref. BOE-A-1966-7768 .
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eli/es/d/1966/03/10/673#art-11