Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria
85 / 88En vigor desde 14 mar 1974
Las facultades reconocidas a FEVE en materia de tarifas se entienden sin perjuicio de las disposiciones sobre coyuntura económica establecidas en el Decreto-ley 12/1973, de 30 de noviembre, o normas que le sustituyan.
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Tus anotaciones
Proeli/es/d/1974/02/21/584#disposicion-transitoria