Art. Artículo tercero
Secc. Constitución orgánica

Art. Artículo tercero

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En vigor desde 15 jul 2006
La Academia de la Lengua Vasca se compone de veinticuatro Académicos de número, de Académicos eméritos, de Académicos correspondientes y de Académicos de honor. Para los Académicos correspondientes y Académicos de honor no existe un límite establecido. Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 750/2006, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2006-12686 .

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