Art. Artículo decimonoveno
Secc. Juntas de la Institución

Art. Artículo decimonoveno

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En vigor desde 5 mar 2000
Las sesiones públicas se celebrarán con motivo de la recepción y tomas de posesión de los nuevos académicos de número, homenajes, conmemoraciones y actos, en general, que a juicio de la Junta de Gobierno deban ser revestidos de especial solemnidad. Se modifica por el art. único del Real Decreto 272/2000, de 25 de febrero. Ref. BOE-A-2000-4328 .

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