Libro REGLAMENTO DE MONTES VECINALES EN MANO COMÚN›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
27 / 103En vigor desde 18 abr 1970
El expediente para la clasificación de montes vecinales en mano común deberá estar terminado en el plazo máximo de un año a contar de su iniciación.
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Proeli/es/d/1970/02/26/569#art-26