Art. Disposición final primera
Libro REGLAMENTO DE LA LEY DE CAZATítulo TÍTULO IX

Art. Disposición final primera

58 / 61
En vigor desde 1 abr 1971
La entrada en vigor del presente Reglamento tendrá lugar en la misma fecha que lo haga la Ley de Caza de 4 de abril de 1970.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1971/03/25/506#disposicion-final-primera