Art. Artículo único

Art. Artículo único

1 / 541
En vigor desde 2 abr 1962
Queda aprobado el Reglamento de Montes que a continuación se inserta.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1962/02/22/485#articulo-unico