Libro LIBRO I›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Trámites anteriores al apeo
Art. 83
93 / 541En vigor desde 2 abr 1962
Basado en la Memoria, el Ingeniero Jefe del Servicio Forestal formulará un presupuesto de gastos del deslinde, que deberá llevar la conformidad, en su caso, del que haya de sufragarlos, elevando dicho presupuesto, juntamente con la Memoria, a la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial.
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Proeli/es/d/1962/02/22/485#art-83