Art. 261
Libro LIBRO IITítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Agrupaciones§ Epígrafe C. Normas comunes

Art. 261

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En vigor desde 2 abr 1962
Los montes públicos o de particulares que estuvieran sujetos a proyectos de ordenación o planes técnicos debidamente autorizados, continuarán sometidos a ellos en tanto no deban ser modificados por exigirlo así los planes aprobados para la agrupación.
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eli/es/d/1962/02/22/485#art-261