Art. 240
Libro LIBRO IITítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Aprovechamientos en montes alcornocales, en resinación y espartizales

Art. 240

Derogado259 / 541
En vigor desde 2 abr 1962
Se tomarán siempre las medidas necesarias para garantizar la persistencia de la masa arbórea en los montes de particulares sometidos a resinación mediante los acotamientos al pastoreo y repoblaciones que, a juicio de la Administración Forestal, fueren indispensables.
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eli/es/d/1962/02/22/485#art-240