Art. 132
Libro LIBRO ITítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Resoluciones del expediente§ Epígrafe B. Orden ministerial resolutoria del deslinde

Art. 132

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En vigor desde 2 abr 1962
El deslinde aprobado y firme declara, con carácter definitivo, el estado posesorio, a reserva de lo que resulte del juicio ordinario declarativo de propiedad.
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eli/es/d/1962/02/22/485#art-132