Libro LIBRO I›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Montes públicos
Art. 12
Derogado16 / 541En vigor desde 2 abr 1962
El disfrute de los montes públicos, estén o no catalogados, queda sometido a los preceptos de la legislación forestal.
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Proeli/es/d/1962/02/22/485#art-12