Art. Disposición transitoria primera
Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DEL ESTATUTO DEL MINISTERIO FISCALTítulo TÍTULO IX

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 14 abr 1969
Por el Ministerio de Justicia se publicará el escalafón de miembros de la Carrera Fiscal relacionados por el orden en que lo están en el vigente, con las modificaciones operadas con posterioridad, sin perjuicio de revisar el tiempo de servicios prestados por cada funcionario a partir de la fecha de posesión en el primer destino, que servirá de base para el cómputo de trienios.
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eli/es/d/1969/02/27/437#disposicion-transitoria-primera