Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DEL ESTATUTO DEL MINISTERIO FISCAL›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 67
69 / 193En vigor desde 14 abr 1969
El 15 de septiembre se estimarán caducadas las vacaciones de verano y deberán reintegrarse todos los funcionarios a sus respectivos cargos.
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Proeli/es/d/1969/02/27/437#art-67