Art. 29
Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DEL ESTATUTO DEL MINISTERIO FISCALTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Situaciones en general

Art. 29

31 / 193
En vigor desde 14 abr 1969
Los funcionarios del Ministerio Fiscal pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes: a) Servicio activo. b) Excedente en sus diversas modalidades. c) Supernumerario. d) Suspensión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/d/1969/02/27/437#art-29