Art. 61
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 61

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En vigor desde 11 ago 1970
Los nombramientos de Presidente, Consejero y Vocal honorario del Consejo General de los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España habrán de ser acordados por el Pleno del mismo, previo expediente, que podrá promoverse a propuesta de su Presidente o de cinco Vocales. Por el Consejo General se llevará un Libro de Honores y Recompensas en el que figurará el acuerdo y distinciones que justifiquen el nombramiento, indicando en cada caso historial de la persona y fotografía en tamaño carnet. Se modifica por el del Decreto 2129/1970, de 9 de julio. Ref. BOE-A-1970-781 .

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Pro

eli/es/d/1963/03/01/424#art-61