Art. Cláusula 39
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Materiales

Art. Cláusula 39

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En vigor desde 1 mar 1971
Los materiales utilizados en la obra deben ajustarse a las instrucciones y normas promulgadas por la Administración que versen sobre condiciones generales y homologación de materiales, sin perjuicio de las específicas que el correspondiente pliego pueda establecer.
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eli/es/d/1970/12/31/3854#clausula-39