Art. Artículo único

Art. Artículo único

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En vigor desde 20 feb 1973
Se aprueba el Reglamento General del Texto Refundido de las Leyes treinta y ocho/mil novecientos sesenta y seis, de treinta y uno de mayo, y cuarenta y uno/mil novecientos setenta, de veintidós de diciembre, sobre Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, aprobado por Decreto dos mil ciento veintitrés/mil novecientos setenta y uno, de veintitrés de 23 de julio.
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