Art. 18
Libro REGLAMENTO GENERAL SOBRE PRODUCCION DE SEMILLAS Y PLANTAS DE VIVEROTítulo TÍTULO V

Art. 18

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En vigor desde 12 feb 1973
El Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero someterá a la aprobación de los Organismos competentes el proyecto de plantilla del Organismo.
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eli/es/d/1972/12/23/3767#art-18