Libro TEXTO REFUNDIDO DE TASAS FISCALES›Título TÍTULO IV
Art. Segunda
49 / 50En vigor desde 8 ene 1967
Mientras no se publique el Reglamento de este texto refundido continuarán en vigor, en cuanto no contradigan lo dispuesto en éste, los preceptos de carácter reglamentario contenidos en las siguientes disposiciones:
El Real Decreto de 23 de mayo de 1911.
La Ley de Hidrocarburos de 26 de diciembre de 1958 y su Reglamento de 15 de junio de 1959.
Los preceptos contenidos en el Reglamento de Timbre de 22 de junio de 1956, en cuanto se refieren a las materias reguladas en el presente texto refundido.
El Decreto 1813/1984, de 30 de junio, sobre régimen de transición en materia de rifas.
La Orden de 22 de marzo de 1960, sobre autorizaciones de rifas y tómbolas.
La Orden de 19 de noviembre de 1964. que regula la exacción mediante convenio de la tasa sobre apuestas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/d/1966/12/01/3059#segunda