Art. 3
Título DISPOSICIONES GENERALES

Art. 3

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En vigor desde 6 sept 1974
La concesión de las autorizaciones sanitarias previstas y, en general, la aplicación de lo dispuesto en este Reglamento se entenderá sin perjuicio de la autorización judicial que pueda ser necesaria con arreglo a la legislación vigente y de lo establecido por las jerarquías eclesiásticas a efectos religiosos.
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eli/es/d/1974/07/20/2263#art-3