Art. 20
Título PRESCRIPCIONES COMUNES A TODOS LOS CADÁVERES

Art. 20

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En vigor desde 6 sept 1974
Sin perjuicio de la autorización judicial que pueda ser necesaria con arreglo a la legislación vigente, toda clase de manipulación sobre cadáveres precisará de autorización o intervención sanitaria.
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eli/es/d/1974/07/20/2263#art-20