Título TÍTULO IV
Art. 10
16 / 28En vigor desde 14 sept 1975
Las pastas alimenticias pueden fabricarse en las formas y tamaños siguientes:
1. Pastas roscadas:
Serán fabricadas por extrusión a través de hileras o por laminación. Las tiras se presentarán enrolladas en madejas con sección circular (fideos) o rectangular (tallarines o cintas).
2. Pastas largas:
Son las obtenidas por extrusión y secadas en tiras rectas y sueltas con un mínimo de 200 milímetros de longitud y podrán presentar sección circular (espaguetis), rectangular (tallarines o cintas) o anular (macarrones).
3. Pastas cortadas:
Son las obtenidas por extrusión a través de un molde y cortadas en distintos formatos, de longitud inferior a 100 milímetros.
4. Pastas laminadas:
Son las obtenidas por laminado y troquelado posterior con distintas formas y dibujos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/d/1975/09/12/2181#art-10