Art. Cláusula 5
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Concursos

Art. Cláusula 5

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En vigor desde 17 feb 1973
Corresponde al Ministerio de Obras Públicas convocar, en nombre del Estado español los concursos para la adjudicación de las concesiones administrativas de construcción, conservación y explotación de autopistas con arreglo a las condiciones que se establezcan en los correspondientes pliegos de bases.
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eli/es/d/1973/01/25/215#clausula-5