Art. Cláusula 46
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 5.ª Plan económico financiero

Art. Cláusula 46

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En vigor desde 17 feb 1973
El plan económico-financiero, presentado al concurso formando parte de la proposición y aprobada por el Decreto de adjudicación de la concesión, constituirá la base económico-financiera de ésta. En el plan económico-financiero figurará de forma concreta el período de financiación máximo previsto. Durante él la Sociedad podrá emitir obligaciones, bonos u otros títulos semejantes que representen una deuda de la Sociedad concesionaria con terceras personas para hacer frente a la inversión real y, en su caso, a los gastos financieros previstos. Este período no podrá exceder del 50 por 100 del período de concesión.
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eli/es/d/1973/01/25/215#clausula-46