Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª Tarifas y peajes
Art. Cláusula 40 bis
43 / 118En vigor desde 31 oct 2018
En cuanto a las condiciones de pago, será de aplicación lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 286/2014, de 25 de abril.
Se añade por el art. único.2 del Real Decreto 1337/2018, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2018-14802
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1973/01/25/215#clausula-40-bis