Art. Cláusula 40 bis
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 4.ª Tarifas y peajes

Art. Cláusula 40 bis

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En vigor desde 31 oct 2018
En cuanto a las condiciones de pago, será de aplicación lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 286/2014, de 25 de abril. Se añade por el art. único.2 del Real Decreto 1337/2018, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2018-14802

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eli/es/d/1973/01/25/215#clausula-40-bis