Art. Cláusula 39
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 4.ª Tarifas y peajes

Art. Cláusula 39

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En vigor desde 17 feb 1973
Las tarifas son los precios unitarios del servicio prestado por el concesionario. Su aplicación para los diversos tramos de la autopista deberá ser previamente autorizada.
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eli/es/d/1973/01/25/215#clausula-39