Art. 144
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 5.ª Calificación y revisión de la invalidez permanente

Art. 144

Derogado162 / 258
En vigor desde 1 dic 1982
(Derogado) Se deroga por la disposición final 1 del Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre. Ref. BOE-A-1982-26953 .

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Pro

eli/es/d/1974/05/30/2065#art-144