Art. 84
Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección C) Operaciones a plazos§ Apartado 1.º De las operaciones a plazo

Art. 84

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En vigor desde 4 ago 1967
Son operaciones condicionales aquellas en que una de las partes se reserva el derecho a modificar alguna de sus condiciones, mediante el pago de una compensación de acuerdo con su naturaleza.
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eli/es/d/1967/06/30/1506#art-84