Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 4 jul 1969
El artículo tercero del Tratado de cuatro de enero de mil novecientos sesenta y nueve celebrado entre España y el Reino de Marruecos, sobre retrocesión del territorio de Ifni, establece que los naturales de este territorio podrán, en determinadas condiciones, optar por la nacionalidad española. Las características particulares de esta opción hacen conveniente que se reglamente especialmente el procedimiento para llevarla a cabo, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo primero del Protocolo anejo a dicho Tratado. En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su sesión del día veinte de junio de mil novecientos sesenta y nueve, DISPONGO:
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eli/es/d/1969/06/26/1347#preambulo-pr