Art. 191
Libro LIBRO III›Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Bases de la concentración

Art. 191

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En vigor desde 23 feb 1973
Para efectuar las operaciones de concentración previstas en esta Ley, no será obstáculo la circunstancia de que los poseedores de las parcelas afectadas por la concentración carezcan del correspondiente título escrito de propiedad.
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eli/es/d/1973/01/12/118#art-191